Traslado de devolución de saldos por no pensión de vejez a BEPS

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Si tus aportes no son suficientes para obtener una pensión de vejez puedes acceder a los Beneficios Económicos Periódicos - BEPS. En esta sección te explicamos en que consisten y que documentos debes reunir para realizar este trámite.
Beneficios económicos periódicos
Los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) hacen parte de un programa que creó el Gobierno en 2005 y que administra Colpensiones con el objetivo de brindar un mecanismo alternativo de seguridad para la vejez de aquellos colombianos que llegaron a la edad requerida para pensionarse, pero que, aunque hicieron sus aportes en el Régimen Público o Privado, no reunieron el capital necesario solicitado para tal fin.

¿A quiénes está dirigido este programa?
A los colombianos mayores de 18 años, vinculados o no al Sistema General de Pensiones (SGP).
¿Cuándo puedes acceder a este programa de BEPS?

Podrás acceder a un BEP cuando tus ingresos no te permitan aportar a la Pensión Obligatoria. Por ejemplo, si tienes un contrato laboral y por alguna razón dejas de trabajar y tienes ahora un ingreso mensual inferior al salario mínimo.

¿Cuáles son las condiciones necesarias para obtener un BEP?

Si eres mujer debes tener 57 años de edad o más.
Si eres hombre debes tener 62 años de edad o más.
No haber logrado ahorrar el monto mínimo necesario para obtener una pensión en el Sistema General de Pensiones, en este caso en Colfondos.
Ser una persona con ingresos inferiores a 1 SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) que hizo su ahorro en los BEPS.
Ser parte del grupo de personas al cual está dirigido este programa.
Ten en cuenta que no es posible cotizar simultáneamente a pensiones y a BEPS, es decir, mientras tengas los ingresos suficientes para aportar a tu Pensión Obligatoria no podrás ahorrar dinero en tu cuenta BEP. Sin embargo, el ahorro que alcances a hacer te permitirá mejorar tu mesada pensional o completar los requisitos para alcanzar tu pensión.
 

Características de los beps
Los Beneficios Económicos Periódicos no son una pensión.
Son un mecanismo alternativo de ahorro que forma parte del nuevo modelo de protección para la vejez y es independiente del Sistema General de Pensiones.
Al llegar a la edad de pensión, si estás vinculado al programa tendrás un ingreso equivalente al ahorro, más el incentivo otorgado por el Estado; beneficio que recibirás, cada dos meses, en forma de una anualidad vitalicia.
Los beneficios no son heredables.
El valor del aporte anual no puede ser superior a $ 885.000.
¿Qué incentivo otorga el estado?
Una vez estés inscrito en este programa, podrás acceder a un subsidio periódico otorgado por el Estado que se calcula anualmente de manera individual, según los aportes hechos y cuyo valor será igual al 20% de los aportes; es decir, por cada $ 100 que pagues, el Estado te dará $20 adicionales.
 

¿Para qué puedes destinar el dinero ahorrado en los beps?
El monto de dinero que tengas en BEPS dependerá de la suma de los recursos ahorrados, los rendimientos generados y el incentivo periódico del 20% otorgado por el Estado; los podrás disfrutar bimestralmente o, si lo prefieres, puedes destinarlo al pago total o parcial de vivienda.

Si cumples con los requisitos para acceder a este programa puedes solicitar tu vinculación a través de nuestras oficinas.
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