Gobierno levanta suspensión del porte de armas: ¿quiénes podrán llevarlas?
El Gobierno nacional anunció un cambio en las condiciones para el porte legal de armas de fuego en Colombia. El presidente Abelardo de la Espriella firmó el Decreto 1368 del 8 de septiembre de 2026, mediante el cual se levanta la suspensión general que durante años había restringido el porte de armas de fuego en el país.
Sin embargo, la medida no significa que cualquier ciudadano pueda salir armado ni que exista un porte libre de armas. El decreto establece que podrán portar armas quienes ya tengan un permiso de porte vigente y cumplan las condiciones legales correspondientes.
👤 ¿Quiénes podrán llevar un arma?
La medida beneficia principalmente a los ciudadanos que al momento de entrar en vigencia el decreto ya cuentan con un permiso vigente para portar un arma de fuego.
Estas personas no tendrán que solicitar una autorización especial adicional. No obstante, continúan vigentes los requisitos, restricciones y controles establecidos en la legislación colombiana.
Por el contrario, no podrán acogerse automáticamente a la medida quienes tengan permisos vencidos, suspendidos, cancelados o revocados, quienes hayan tenido su arma decomisada o quienes tengan alguna restricción judicial o administrativa que les impida ejercer el permiso.
📋 Se mantienen los controles
El Gobierno aclaró que los requisitos para obtener y mantener un permiso de porte no desaparecen. Las autoridades continuarán verificando condiciones físicas, psíquicas y demás requisitos establecidos por la normativa.
De esta manera, el decreto no crea un nuevo derecho para que cualquier persona pueda portar un arma, sino que elimina la suspensión general que impedía ejercer los permisos que ya estaban vigentes.
La decisión representa un cambio frente a la política aplicada desde 2015, cuando se estableció la suspensión general del porte de armas en Colombia y que posteriormente fue prorrogada por diferentes gobiernos.
El presidente De la Espriella defendió la medida argumentando que busca permitir que los ciudadanos que cumplen la ley puedan ejercer su derecho a la legítima defensa, mientras que sectores críticos advierten sobre los posibles riesgos que puede generar una mayor circulación de armas entre civiles.
👉 En resumen: no hay “porte libre” de armas en Colombia. Podrán portarlas quienes tengan un permiso vigente y cumplan los requisitos establecidos por la ley.

