¡ Atención ! hasta hoy los pensionados pueden actualizar el RUT

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) dio a conocer que todos los pensionados tienen hasta hoy 30 de junio para actualizar su Registro Único Tributario (RUT). Conozca cómo puede surtir este trámite y evite ser sancionado.

Hasta el día de hoy la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) fijó el plazo para que todos pensionados puedan actualizar su Registro Único Tributario (RUT) y evitar ser sancionados.

Hace unos días la entidad había anunciado que esta actualización se daría automáticamente, sin embargo, esto no ocurrió así en todos los casos, por lo que los pensionados deberán actualizar su RUT o en su defecto verificar si ya fue modificado. El código de la nueva actividad económica para pensionados es 0020.

La DIAN precisó que este trámite es gratis, sin embargo, de no realizar la actualización, se impondrá una multa económica equivalente a dos unidades de Valor Tributario (VT) por cada día de retraso, es decir 73 mil pesos diarios hasta que se realice el cambio. Al mismo tiempo informó que actualizó, de forma automática, la actividad económica de 466.491 pensionados en el país.

Según explicó la entidad en su plataforma web, el trámite se realiza completamente en línea, sin cita previa. Se debe ingresar al siguiente link: https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Transaccional.aspx o buscar el acceso al portal web transaccional de la DIAN, dar clic en la opción ‘Usuario / Abecé actualización RUT pensionados registrados’ y llenar los datos correspondientes.

Solamente las personas que no cuenten con un correo electrónico previamente registrado en el RUT para hacer una cuenta en el portal web transaccional de la DIAN, que no recuerden su contraseña y no tengan acceso al correo electrónico de recuperación de la misma y aquellas que deban actualizar datos diferentes del RUT, tales como, tipo o número de identificación, nombres, apellidos, etc, no podrán realizar la actualización del RUT en línea, ni ninguno de estos trámites mencionados.

La entidad detalló, que únicamente los pensionados inscritos en el RUT que reciban ingresos por pensión de jubilación, invalidez, vejez, sobre riesgos naturales y de sobrevivientes, al igual que la de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o devoluciones de saldos de ahorro pensional deben hacer esta actualización. De nuevo, las personas naturales que deben hacer este cambio son las que están inscritas en el RUT. Su nuevo código de actividad es el “0020 Pensionados” y deben escribir la fecha de inicio de su condición.


La Nación 


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