Juez ordena tres días de arresto y multa contra el interventor de la Nueva EPS por desacato a una tutela

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Juez ordena tres días de arresto y multa contra el interventor de la Nueva EPS por desacato a una tutela

El Juzgado Civil del Circuito de Aguadas (Caldas) confirmó una sanción de tres días de arresto y una multa de 434 Unidades de Valor Básico (UVB), equivalente a cerca de $5,2 millones, contra Jorge Iván Ospina Gómez, agente especial interventor de la Nueva EPS, por incumplir una acción de tutela que ordenaba garantizar la atención integral de un menor de edad con graves condiciones de salud. La misma decisión cobija a Luis Carlos Velandia Cortés, gerente regional Centro Occidente (encargado) de la entidad.

El proceso judicial se originó en 2023, cuando un juez ordenó a la EPS asegurar la atención médica de un niño diagnosticado con hidrocefalia y toxoplasmosis congénita, incluyendo consultas con especialistas, terapias, medicamentos, procedimientos y exámenes requeridos para su tratamiento. Sin embargo, tras varios requerimientos, el despacho concluyó que la orden no fue cumplida, configurándose un desacato a la decisión judicial.

En su decisión, el juez advirtió que las órdenes impartidas mediante tutela son de obligatorio cumplimiento y que los cambios administrativos o de representación legal dentro de una entidad no eximen a sus directivos de atender las obligaciones judiciales pendientes. Además del arresto y la multa, el despacho reiteró que la Nueva EPS deberá cumplir de manera inmediata con la atención ordenada al menor, so pena de enfrentar nuevas sanciones.

La decisión se produce en medio de las crecientes preocupaciones por la situación financiera y operativa de la Nueva EPS, intervenida por la Superintendencia Nacional de Salud y responsable de la atención de millones de afiliados en el país. En los últimos meses, usuarios de diferentes regiones han denunciado demoras en la entrega de medicamentos, autorizaciones y acceso a servicios especializados, lo que ha incrementado el número de acciones de tutela relacionadas con el derecho fundamental a la salud.

El caso vuelve a poner en el centro del debate la obligación de las entidades promotoras de salud de cumplir oportunamente las órdenes judiciales y garantizar la atención de los pacientes, especialmente cuando se trata de menores de edad y personas con enfermedades de alta complejidad.

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