Tatequieto a administradores de conjuntos: cambios en zonas comunes ya no podrán hacerse sin aval de residentes
Una nueva claridad en la normativa de propiedad horizontal en Colombia puso freno a decisiones unilaterales dentro de conjuntos residenciales. A partir de ahora, los administradores y consejos de administración no podrán modificar el uso de las zonas comunes sin la aprobación de la Asamblea General de Copropietarios, medida que ha sido bien recibida por los residentes.
La disposición busca proteger el carácter colectivo de estos espacios, recordando que pertenecen a todos los propietarios y no a un grupo directivo específico. En el pasado, era frecuente que se presentaran conflictos cuando se transformaban áreas compartidas —como salones comunales o parqueaderos— sin el consentimiento de la comunidad.
De acuerdo con la normativa, cualquier modificación deberá cumplir requisitos estrictos: contar con la aprobación de la asamblea mediante la mayoría exigida y quedar registrada formalmente en un acta. Sin estos pasos, las decisiones no tendrán validez legal.
Además, los copropietarios cuentan con mecanismos para defender sus derechos. Si se realizan cambios sin autorización, pueden acudir a instancias como inspecciones de Policía o alcaldías locales, que tienen la facultad de revisar el caso e incluso ordenar que se restituya el uso original del espacio.
Expertos recomiendan a los residentes participar activamente en las asambleas, revisar el reglamento interno y verificar las actas antes de aceptar cualquier intervención en zonas comunes, con el fin de evitar conflictos y garantizar el cumplimiento de la ley.

