Con el fin de disminuir el riesgo de muerte de los motociclistas en la vía, el Ministerio de Transporte emitió una nueva resolución sobre el uso del casco .
Si su casco cumple con las especificaciones debidas de seguridad, como certificación impresa y canales de ventilación, no deberá cambiarlo.
No se obliga a nuestros motociclistas y tampoco habrá multas adicionales a las que ya tiene el Código Nacional de Tránsito
Sin embargo, en la resolución se incluyen tres nuevas normas que deberán cumplir todos los motociclistas:
- “La cabeza del motociclista (conductor y/o acompañante) debe estar totalmente inmersa en el casco y el sistema de retención debe estar asegurado por debajo de la mandíbula inferior, sin correas rotas ni broches partidos e incompletos”.
 
- “No podrán portar sistemas móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco, excepto si estos son usados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres”.
 
- “En el caso de cascos con cubierta facial inferior movible, esta siempre debe ir cerrada y asegurada durante el tránsito, de tal manera que ofrezca protección a la cara del motociclista (conductor y/o acompañante)”.
 
Las nuevas medidas empezarán a regir a partir del 23 de enero de 2021.
La multa para quienes incumplan las nuevas reglas y no porten bien el casco será de 15 salarios mínimos diarios legales mensuales vigentes.
