Cielo Gónzalez podrá volver al ruedo publico

Vive Huila
Por -
La inhabilidad sobreviniente que le costó el retiro fulminante del cargo a la ex gobernadora del Huila, Cielo Gonzáles Villa se desplomó inesperadamente.

Los fallos adoptados en primera y segunda instancia por la Procuraduría General de la Nación, que originaron su abrupta salida de la Gobernación fueron anulados por el Tribunal Administrativo del Huila.
La acción de nulidad fue instaurada inicialmente ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sin embargo, el 10 de octubre de 2013 el expediente  fue remitido a Neiva argumentando falta de competencia.
Un año después el 15 de agosto de 2014 el Tribunal Administrativo del Huila avocó el conocimiento y el viernes pasado falló en primera instancia, invalidando los dos fallos que la sacaron de la arena política.
La corporación colegiada en un fallo dividido dejó sin piso legal la inhabilidad sobreviviente decretada el 6 de diciembre de 2012 por haber sido sancionada tres veces en un lapso de cinco años. Esta decisión, presionada por el entonces procurador General Alejandro Ordóñez Maldonado, obligó el retiro del cargo cuando apenas cumplía su primer año de mandato.

El fallo conocido en primicia por LA NACIÓN será notificado esta semana y tendrá inesperados efectos políticos en medio de una campaña proselitista.
“Después de cinco años, comprobamos que la justicia cojea pero llega, fue un fallo en estricto derecho. Lo que se demostró es que fue un fallo político, estrictamente político”, afirmó la ex mandataria en una primera reacción.
“La procuraduría me sacó a patadas y ahora le ordenaron a que hagan una retractación pública porque me mancillaron mi honor, es lo que más me gustó del fallo”, anotó.
La salvación
La argumentación del Consejo de Estado que le restableció los derechos políticos al ex alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, se convirtió en la tabla de salvación para habilitarla y colocarla de nuevo en el tarjetón.
En una dura controversia jurídica los magistrados estimaron que la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación se arrogó el ejercicio del control político propio del Constituyente Primario. En este caso, como ocurrió con Petro, fue elegido por votación popular, se debe respetar la voluntad de los ciudadanos que lo eligieron y los derechos del actor a ejercer el cargo público.
Estimaron que la Procuraduría no tenía competencia para imponer la sanción de destitución e inhabilidad a funcionarios elegidos popularmente, con fundamento en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
La norma dispone que los derechos políticos de los ciudadanos solamente pueden limitarse en un proceso penal por un juez competente, la entidad demandada violó dicha Convención, pues, sin tener competencia, restringió los derechos políticos al imponer la sanción de inhabilidad.
Con estas consideraciones de fondo declaró la nulidad de los dos fallos, acogió la reparación integral y ordenó al Ministerio Público que le presente perdón público.
Las pretensiones económicas que reclamaba no prosperaron, entre otras el retorno de los 16,82 millones de pesos por concepto de la multa que le impuso y el pago de los perjuicios materiales causados con la sanción disciplinaria.
facisimil del fallo,
Perdón público
A título de restablecimiento del derecho le ordenó a la Procuraduría General de la Nación, que elimine las anotaciones por dichas sanciones en el registro de antecedentes disciplinarios.
Además, como medida de reparación integral le ordenó al procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez  que le presente disculpas públicas por la decisión anulada.
El acto deberá realizarse a más tardar, tres meses después de haber quedado ejecutoriada la decisión, en la plaza de Banderas de la Gobernación, con la presencia de la ex mandataria, ciudadanía en general, y medios de comunicación.
Según la providencia, el Procurador General de la Nación, deberá hacer la convocatoria pública con un mes de anticipación mediante publicaciones en medios de comunicación locales y nacionales que efectuará una vez por semana.
De igual manera le ordena al Procurador General que publique en la página web de la entidad  durante seis meses el contenido de la sentencia. Quince días después de haber quedado ejecutoriada la sentencia la Procuraduría tendrá que publicar por una sola vez en un diario de amplia circulación nacional la parte resolutiva de la sentencia.
Las sanciones
González Villa fue sancionada en tres ocasiones en su calidad de alcaldesa de Neiva. La tercera sanción que le generó la inhabilidad sobreviniente fue impuesta por la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal el 25 de junio de 2102 por irregularidades en la contratación y ejecución de obras civiles a través de la Usco y luego cedidas a particulares, sin cumplir con los requisitos legales.
Según la ex mandataria la Procuraduría le impuso una carga “adicional y antijurídica” producto de una sanción extemporánea que no quedó ejecutoriada dentro del término (cinco años para adelantar y culminar el proceso disciplinario) y cuando ya no tenía potestad para imponer y ejecutar ninguna sanción.
La providencia fue proferida el 6 de diciembre de 2012 por la Sala Disciplinaria integrada por el procurador Primero Delegado, Juan Carlos Novoa Buendía, quien actuó como presidente y por la procuradora Segunda Delegada, María Eugenia Carreño Gómez.
La providencia negó las solicitudes de prescripción de la acción disciplinaria y de nulidad planteadas por la ex mandataria seccional por la ejecución de dos convenios con la Universidad Surcolombiana y la Universidad Nacional Abierta y a Distancia (Unad).
Los convenios interadministrativos 110 y 293 firmados en el 2007, les adjudicaba directamente labores de interventoría de ocho contratos de obra pública, cuando las dos entidades no eran idóneas para ejecutarlas.
Además, confirmó la sanción de suspensión por tres meses al permitir la ejecución de los convenios. La sanción fue convertida en una multa equivalente a 16,82 millones de pesos.
La Sala Disciplinaria advirtió que se configuraba una inhabilidad sobreviniente que conllevó a la separación del cargo.
La investigación se originó el 24 de septiembre de 2008 por una denuncia formulada por el presidente y secretario de la Sociedad Huilense de Ingenieros Julio César Pascuas y John Píter Rojas.
Los convenios de cooperación fueron suscritos con la Universidad Surcolombiana y la Universidad Nacional Abierta y a Distancia (Unad), sin cumplir con los requisitos legales.
La Universidad Surcolombiana tuvo que subcontratar el 90% de las actividades objeto del convenio y, en consecuencia, en este caso particular se presentó una tercerización en la contratación en favor de Jaime Saavedra Perdomo, uno de los grandes beneficiarios de la contratación estatal.
La Usco no tenía la capacidad técnica para asumir la labor ya señalada, ni tampoco podía demostrar una experiencia específica en interventorías de trabajos de construcción y reparación de vías o de trabajos de construcción o adecuación de edificaciones”. En desarrollo de la investigación se demostró, según el organismo de control,  que “las labores propias de la interventoría de obras pactadas con la Usco, en verdad fueron subcontratadas por la universidad,
El convenio 110 firmado en el 2007 por 944 millones de pesos permitiría la contratación de la interventoría técnica, administrativa y ambiental de varios proyectos financiados con recursos de regalías petroleras. Entre las obras que requerían la interventoría figuraban la terminación de cubiertas del polideportivo y reparaciones locativas en el Inem, construcción de vías, andenes, canalización, reposición de redes de acueducto y alcantarillado, construcción de redes eléctricas, construcción de la sede del Concejo, entre otras.
La Usco sin tener la capacidad técnica para realizarla contrató entre otros con Jaime Saavedra Perdomo, quien asumió como Director Especialista de Interventorías por una suma cercana a los 200 millones de pesos. En desarrollo de la investigación de archivó la investigación contra el rector de la Unad, estimando que la entidad tenía la capacidad técnica para asumir esas tareas.
El procurador Alejandro Ordóñez, falló con motivaciones políticas, advirtió la ex mandataria.
Otras sanciones
La primera sanción fue impuesta el 28 de junio de 2011, en plena campaña política, por la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa y fue confirmada el 19 de julio de 2012 por la Sala Disciplinaria, cuatro años después de haber autorizado los permisos sindicales.
González Villa le reconoció en el 2007 permiso sindical a los docentes José Luis Castellanos, ex presidente de la Asociación de Institutores Huilenses (Adih) Luz Dary Torres y Ana Patricia Polanía, como una garantía concedida a dirigentes sindicales.
El permiso implicó que los educadores, quedaron sin la carga académica que venían desempeñando en las instituciones educativas, dejando de cumplir las funciones propias de sus cargos.
Aunque los permisos sindicales están amparados en la legislación nacional y en convenios internacionales, la procuradora primera Delegada para la Vigilancia Administrativa, Clara Ivy González Marroquín estimó que González Villa “se extralimitó en el ejercicio de sus funciones y desconoció las disposiciones legales que rigen lo relacionado con la precisión que se debe observar al otorgar esta clase de permisos y, por el contrario, es este caso se otorgó de manera constante permanente e ininterrumpida”.
La ex mandataria  fue sancionada con suspensión de dos meses, convertida en multa.
Caso Tigsa
Además, en abril de 2012, la ex mandataria fue inhabilitada por tres años, por las operaciones irregulares en el manejo de  excedentes de regalías con la firma Tigsa.
En la misma decisión también fueron sancionados los ex tesoreros Yesid Orlando Perdomo, Alberto Gómez Calderón y al ex secretario de Hacienda Andrés Camacho.
Insólitamente exoneró de responsabilidad disciplinaria al ex alcalde Héctor Aníbal Ramírez y al ex secretario de Hacienda, Luis Aníbal López, actualmente detenido por estos hechos.
Al momento de confirmarse en segunda instancia la sanción disciplinaria por colocar dineros de regalías en la firma Tigsa (6 de diciembre de 2012), González Villa ya no era la Alcaldesa de Neiva. Por esa razón los tres meses de suspensión en el ejercicio del cargo se convirtieron en multa.
La ex mandataria fue suspendida del cargo el 9 de enero de 2013 por Decreto 011 firmado por el presidente Juan Manuel Santos, lo que originó su retiro del cargo y la inhabilidad para ejercer o desempeñar funciones públicas.

Ahora, de confirmarse en segunda instancia, podrá aspirar de nuevo. Sin embargo, admitió que seguirá activa en la política pero no tendrá por ahora aspiraciones.

Tomado de La Nación
Etiqueta:

#buttons=(Ok, Aceptar) #days=(20)

Nuestro sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia. Leer mas
Ok, Go it!