ESTE 10 DE ABRIL, DÍA SIN CARRO Y MOTO EN NEIVA

Vive Huila
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El acuerdo aprobado por el Concejo de Neiva institucionalizó el 10 de abril como el Día de la Bicicleta incentivando este medio alternativo de transporte masivo para mejorar la movilidad, la preservación del medio ambiente, la recreación y el deporte en Neiva.



La iniciativa, que contempla en su articulado la restricción, previo estudio técnico, jurídico y financiero, del uso de motocicletas y automotores particulares en el casco urbano con algunas excepciones, se llevará a cabo el próximo martes 10 de abril  a partir de las 7:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. y será sancionatoria.

Se espera que aproximadamente 80 mil vehículos y motos dejen de circular en la ciudad para este día, en el cual estarán disponibles la Policía de Tránsito, la Policía Metropolitana y los agentes de tránsito para el cumplimiento de la medida.

“Se  tienen destinados para operar ese día 450 vehículos de transporte público que cubren 61 rutas para  el desplazamiento por las diferentes comunas de la ciudad y aproximadamente 2.120 taxis estarán disponibles para la movilización de los neivanos.  Así mismo, se realizarán controles en varios puntos de la ciudad para garantizar el cumplimiento de las restricciones ya que en esta oportunidad la medida será sancionatoria”, manifestó el secretario de Movilidad, Jimmy Puentes Méndez.

En este día se aprovechará para hacer medición de ruido a través de sonómetros ubicados en puntos estratégicos de la ciudad.  Así mismo, se realizarán campañas educativas de cultura ciudadana sobre los beneficios del uso de la bicicleta, movilidad segura y sostenible y Código de Tránsito.

Excepciones

Con el fin de no afectar el normal funcionamiento de algunos servicios prestados a través de vehículos en la ciudad, se exceptúan de la medida restrictiva los siguientes casos:

-           Vehículos de transporte público
-           Vehículos conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte

-           Vehículos de organismos de socorro y emergencia (Defensa Civil, Bomberos, Cruz Roja, ambulancias, entre otros)

-           Vehículos de transporte escolar vinculados a instituciones educativas y únicamente cuando sean empleados para el transporte de estudiantes y que estén debidamente identificados.

-           Vehículos de carga no superior a dos pasajeros, cumpliendo las restricciones y horarios establecidos para su movilización

-           Vehículos y motocicletas del área operativa de empresas de servicios públicos domiciliarios y recolección de basuras

-           Vehículos y motos de control de tráfico y grúas al servicio de la Secretaría de Movilidad

-           Vehículos que conformen esquemas de seguridad, Fuerzas Militares, policía, Inpec, Organismos de Seguridad del Estado

-           Vehículos para el transporte de pacientes que reciben tratamientos vitales como diálisis, radioterapias, quimioterapias, siempre y cuando estén prestando el servicio.

-           Vehículos y motos de empresas de mensajería debidamente identificados

-           Vehículos y motos de medios de comunicación debidamente identificados con logos de la empresa

-           Vehículos de transporte de valores

-           Motocicletas de servicio a domicilio acreditando vinculación laboral con la empresa, identificadas con logos y certificación de existencia y representación con fecha de expedición no mayor a cinco días, las cuales NO podrán llevar parrillero

-           Carrozas fúnebres,  mas no el cortejo fúnebre.

Para vehículos provenientes de otras ciudades

Con el propósito de no afectar la movilidad de las personas que provienen de lugares diferentes a Neiva, y que utilizan sus vías como tránsito para llegar a su destino, se exceptúa la restricción de circulación para carros y motos en las siguientes vías:
 
-           Avenida Circunvalar hasta la carrera 2ª.
-           Carrera 2ª hacia la glorieta Madre Tierra
-           Avenida Inés García de Durán hasta la calle 38 Sur (Surabastos)
-           Carrera 5ª hacia el municipio de Rivera, y viceversa

Sanciones

-           Ningún vehículo podrá prestar servicio público de transporte sin estar autorizado para ello; de no cumplir la norma, será sancionado con una multa equivalente a 30 salarios mínimos legales diarios vigentes y la  inmovilización del carro por 5 días.

-           El conductor que no acate la restricción de la no circulación de motos y carros en este día será sancionado con una multa de 15 salarios mínimos legales  diarios vigentes y la inmovilización del vehículo.

“El llamado a la ciudadanía es a utilizar la bicicleta de manera masiva; a denunciar los abusos que puedan cometer los transportadores de servicio público, y a cumplir la medida en el horario establecido entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m.”, puntualizó el funcionario.
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